La Provincia de Buenos Aires aprobó en nuestra ciudad las excepciones a las actividades dispuestas por la Decisión Administrativa 524/2020 adoptada por la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.

Mediante la aprobación de los protocolos enviados por el Intendente José Castro, la Provincia de Buenos Aires habilitó los 9 puntos dispuestos por dicha Decisión Administrativa. En ese sentido, se dispuso exceptuar del ASPO a las siguientes actividades y servicios:

1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.
5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
7. Ópticas, con sistema de turno previo.
8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

Los protocolos podrán consultarse vía web ingresando en: https://monte.gob.ar/protocolosanitario/

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